El Servicio Civil tiene como antecedente la Ley N° 27658, ley que declara al Estado Peruano en proceso de modernización, y en cuyo artículo 4°, inciso e), se precisa que uno de los objetivos es "alcanzar un Estado con servidores públicos
calificados y adecuadamente remunerados".
Presentamos en esta nota el proceso o secuencia de pasos a seguir por las entidades que desean implementar el Servicio Civil.
Presentamos en esta nota el proceso o secuencia de pasos a seguir por las entidades que desean implementar el Servicio Civil.
Marco Legal del Servicio Civil
Mediante la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, se establece que el Sistema de Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, está compuesto por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), las Oficinas de Recursos Humanos y el Tribunal del Servicio Civil.
Además de la Ley del Servicio Civil y su respectivo Reglamento, existe un marco legal relativamente extenso, vinculado a este sistema administrativo, comprendido por Decretos Supremos y Resoluciones de la Presidencia Ejecutiva de SERVIR:
Además de la Ley del Servicio Civil y su respectivo Reglamento, existe un marco legal relativamente extenso, vinculado a este sistema administrativo, comprendido por Decretos Supremos y Resoluciones de la Presidencia Ejecutiva de SERVIR:
Marco
legal para la implementación del Servicio Civil
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v Ley N° 30057, Ley del Servicio
Civil
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v DS N° 040-2014-PCM, Reglamento
General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
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v DS N° 041-2014-PCM, Reglamento del Régimen Especial
para Gobiernos Locales
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v DS N° 138-2014-EF, Reglamento de
Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
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v RPE N° 160-2013-SERVIR/PE, que
aprueban los Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen
del servicio civil
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v RPE Nº 161-2013-SERVIR/PE, que
aprueban la Directiva Nº 001-2013- SERVIR/GDSRH, “Formulación del Manual de
Perfiles de Puestos (MPP)” y sus anexos
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v RPE N°152-2014-SERVIR, que aprueba
la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicación progresiva
para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades" y Anexos
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v RPE Nº 106-2014-SERVIR-PE_L, que
aprueba la Nueva Guía de Mapeo de Puestos (Reemplaza la guía aprobada por RPE
N° 161-2013-SERVIR)
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Proceso de implementación del Servicio Civil en las entidades públicas
Se ha denominado "Tránsito al Régimen del Servicio Civil" al proceso o secuencia de pasos y requisitos que las entidades públicas deben de cumplir para implementar dicho régimen; este tránsito está compuesto de cuatro etapas:
Etapas para el tránsito al régimen del
Servicio Civil
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1. Preparación
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Conocimiento del proceso de pase al nuevo
régimen y la relevancia de cada uno de los pasos a ejecutar
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Conformación de Comité de Tránsito al nuevo
Régimen
· Conocimiento de
la metodología e instrumentos para el tránsito (puestos a disposición)
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2. Análisis Situacional
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Conocimiento de la situación actual de la
entidad: procesos y puestos de la entidad
· Identificación
de oportunidades de mejora (procesos y puestos)
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3. Mejora Interna
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·
Procesos Mejorados
·
Perfiles de puestos definidos y valorados
· Documentos de
gestión actualizados y aprobados
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4. Implementación del Nuevo Régimen
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·
Personas contratadas bajo el nuevo régimen
· Procesos mejorados implementados
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Así mismo presentamos algunos diagramas de flujos de los subprocesos necesarios para la implementación del Servicio Civil:
a. Mapeo de Puestos:
El mismo que tiene como base legal la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 106-2014-SERVIR. Este sub proceso se encuentra a cargo de la Unidad de Recursos Humanos de la entidad.
Esta misma Resolución, tiene como anexo, la Matriz a ser llenada en el proceso de mapeo de cada uno de los puestos:
b. Mapeo de Procesos:
El Mapeo de Procesos es una actividad a cargo de la Unidad de Racionalización de la Entidad; su realización debiera estar de acuerdo a la directiva correspondiente emitida por la Secretaría de Gestión Pública (SGP-PCM), sin embargo, mientras es aprobada, SERVIR aconseja el siguiente procedimiento:
c. Manual de Perfiles de Puestos
El Manual de Perfiles de Puestos, reemplaza al Manual de Organización y Funciones (MOF) de las entidades públicas. Se elabora en base al ROF, el Mapa de Procesos y la Matriz de Puestos, elaborados en los sub procesos anteriores, tiene como base legal la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 161-2013-SERVIR.
d. Cuadro de Puestos de la Entidad:
Pese a tener esta denominación, SERVIR está utilizando el mismo procedimiento para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) contenido en el Decreto Supremo 063-2004-PCM, derogado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR.
Se espera que posteriormente, SERVIR apruebe el respectivo lineamiento y se cumpla con fusionar en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) el CAP y el PAP.