miércoles, 3 de diciembre de 2014

Proceso de implementación del Servicio Civil

El Servicio Civil tiene como antecedente la Ley N° 27658, ley que declara al Estado Peruano en proceso de modernización, y en cuyo artículo 4°, inciso e), se precisa que uno de los objetivos es "alcanzar un Estado con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados".

Presentamos en esta nota el proceso o secuencia de pasos a seguir por las entidades que desean implementar el Servicio Civil.
 

Marco Legal del Servicio Civil

Mediante la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, se establece que el Sistema de Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, está compuesto por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), las Oficinas de Recursos Humanos y el Tribunal del Servicio Civil.

Además de la Ley del Servicio Civil y su respectivo Reglamento, existe un marco legal relativamente extenso, vinculado a este sistema administrativo, comprendido por Decretos Supremos y Resoluciones de la Presidencia Ejecutiva de SERVIR: 
 
Marco legal para la implementación del Servicio Civil
v     Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil
v     DS N° 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
v     DS N° 041-2014-PCM, Reglamento del Régimen Especial para Gobiernos Locales
v     DS N° 138-2014-EF, Reglamento de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
v     RPE N° 160-2013-SERVIR/PE, que aprueban los Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil
v     RPE Nº 161-2013-SERVIR/PE, que aprueban la Directiva Nº 001-2013- SERVIR/GDSRH, “Formulación del Manual de Perfiles de Puestos (MPP)” y sus anexos
v     RPE N°152-2014-SERVIR, que aprueba la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades" y Anexos
v     RPE Nº 106-2014-SERVIR-PE_L, que aprueba la Nueva Guía de Mapeo de Puestos (Reemplaza la guía aprobada por RPE N° 161-2013-SERVIR)

 

Proceso de implementación del Servicio Civil en las entidades públicas

Se ha denominado "Tránsito al Régimen del Servicio Civil" al proceso o secuencia de pasos y requisitos que las entidades públicas deben de cumplir para implementar dicho régimen; este tránsito está compuesto de cuatro etapas:

Etapas para el tránsito al régimen del Servicio Civil
1.  Preparación
·      Conocimiento del proceso de pase al nuevo régimen y la relevancia de cada uno de los pasos a ejecutar
·      Conformación de Comité de Tránsito al nuevo Régimen
·      Conocimiento de la metodología e instrumentos para el tránsito (puestos a disposición)
2.  Análisis Situacional
·      Conocimiento de la situación actual de la entidad: procesos y puestos de la entidad
·      Identificación de oportunidades de mejora (procesos y puestos)
3.  Mejora Interna
·      Procesos Mejorados
·      Perfiles de puestos definidos y valorados
·      Documentos de gestión actualizados y aprobados
4.  Implementación del Nuevo Régimen
·      Personas contratadas bajo el nuevo régimen
·      Procesos mejorados implementados

Para apreciar gráficamente el proceso para la implementación del Servicio Civil, hemos elaborado un diagrama de flujo, con base en la información de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 163-2013-SERVIR. En este proceso intervienen dentro de la entidad: El Comité de Tránsito (conformado para tal fin), la Unidad de Recursos Humanos (de la Oficina General de Administración) y la Unidad de Racionalización (por lo general a cargo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto):



Así mismo presentamos algunos diagramas de flujos de los subprocesos necesarios para la implementación del Servicio Civil:
 
a. Mapeo de Puestos:
El mismo que tiene como base legal la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 106-2014-SERVIR. Este sub proceso se encuentra a cargo de la Unidad de Recursos Humanos de la entidad.

 
Esta misma Resolución, tiene como anexo, la Matriz a ser llenada en el proceso de mapeo de cada uno de los puestos:
 

b. Mapeo de Procesos:
El Mapeo de Procesos es una actividad a cargo de la Unidad de Racionalización de la Entidad; su realización debiera estar de acuerdo a la directiva correspondiente emitida por la Secretaría de Gestión Pública (SGP-PCM), sin embargo, mientras es aprobada, SERVIR aconseja el siguiente procedimiento: 
 
 

c. Manual de Perfiles de Puestos
El Manual de Perfiles de Puestos, reemplaza al Manual de Organización y Funciones (MOF) de las entidades públicas. Se elabora en base al ROF, el Mapa de Procesos y la Matriz de Puestos, elaborados en los sub procesos anteriores, tiene como base legal la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 161-2013-SERVIR.
 

d. Cuadro de Puestos de la Entidad:
Pese a tener esta denominación, SERVIR está utilizando el mismo procedimiento para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) contenido en el Decreto Supremo 063-2004-PCM, derogado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR.
Se espera que posteriormente, SERVIR apruebe el respectivo lineamiento y se cumpla con fusionar en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) el CAP y el PAP.