El Servicio Civil tiene como antecedente la Ley N° 27658, ley que declara al Estado Peruano en proceso de modernización, y en cuyo artículo 4°, inciso e), se precisa que uno de los objetivos es "alcanzar un Estado con servidores públicos
calificados y adecuadamente remunerados".
Presentamos en esta nota el proceso o secuencia de pasos a seguir por las entidades que desean implementar el Servicio Civil.
Presentamos en esta nota el proceso o secuencia de pasos a seguir por las entidades que desean implementar el Servicio Civil.
Marco Legal del Servicio Civil
Mediante la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, se establece que el Sistema de Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, está compuesto por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), las Oficinas de Recursos Humanos y el Tribunal del Servicio Civil.
Además de la Ley del Servicio Civil y su respectivo Reglamento, existe un marco legal relativamente extenso, vinculado a este sistema administrativo, comprendido por Decretos Supremos y Resoluciones de la Presidencia Ejecutiva de SERVIR:
Además de la Ley del Servicio Civil y su respectivo Reglamento, existe un marco legal relativamente extenso, vinculado a este sistema administrativo, comprendido por Decretos Supremos y Resoluciones de la Presidencia Ejecutiva de SERVIR:
Marco
legal para la implementación del Servicio Civil
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v Ley N° 30057, Ley del Servicio
Civil
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v DS N° 040-2014-PCM, Reglamento
General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
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v DS N° 041-2014-PCM, Reglamento del Régimen Especial
para Gobiernos Locales
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v DS N° 138-2014-EF, Reglamento de
Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
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v RPE N° 160-2013-SERVIR/PE, que
aprueban los Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen
del servicio civil
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v RPE Nº 161-2013-SERVIR/PE, que
aprueban la Directiva Nº 001-2013- SERVIR/GDSRH, “Formulación del Manual de
Perfiles de Puestos (MPP)” y sus anexos
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v RPE N°152-2014-SERVIR, que aprueba
la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicación progresiva
para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades" y Anexos
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v RPE Nº 106-2014-SERVIR-PE_L, que
aprueba la Nueva Guía de Mapeo de Puestos (Reemplaza la guía aprobada por RPE
N° 161-2013-SERVIR)
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Proceso de implementación del Servicio Civil en las entidades públicas
Se ha denominado "Tránsito al Régimen del Servicio Civil" al proceso o secuencia de pasos y requisitos que las entidades públicas deben de cumplir para implementar dicho régimen; este tránsito está compuesto de cuatro etapas:
Etapas para el tránsito al régimen del
Servicio Civil
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1. Preparación
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Conocimiento del proceso de pase al nuevo
régimen y la relevancia de cada uno de los pasos a ejecutar
·
Conformación de Comité de Tránsito al nuevo
Régimen
· Conocimiento de
la metodología e instrumentos para el tránsito (puestos a disposición)
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2. Análisis Situacional
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·
Conocimiento de la situación actual de la
entidad: procesos y puestos de la entidad
· Identificación
de oportunidades de mejora (procesos y puestos)
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3. Mejora Interna
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·
Procesos Mejorados
·
Perfiles de puestos definidos y valorados
· Documentos de
gestión actualizados y aprobados
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4. Implementación del Nuevo Régimen
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·
Personas contratadas bajo el nuevo régimen
· Procesos mejorados implementados
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Así mismo presentamos algunos diagramas de flujos de los subprocesos necesarios para la implementación del Servicio Civil:
a. Mapeo de Puestos:
El mismo que tiene como base legal la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 106-2014-SERVIR. Este sub proceso se encuentra a cargo de la Unidad de Recursos Humanos de la entidad.
Esta misma Resolución, tiene como anexo, la Matriz a ser llenada en el proceso de mapeo de cada uno de los puestos:
b. Mapeo de Procesos:
El Mapeo de Procesos es una actividad a cargo de la Unidad de Racionalización de la Entidad; su realización debiera estar de acuerdo a la directiva correspondiente emitida por la Secretaría de Gestión Pública (SGP-PCM), sin embargo, mientras es aprobada, SERVIR aconseja el siguiente procedimiento:
c. Manual de Perfiles de Puestos
El Manual de Perfiles de Puestos, reemplaza al Manual de Organización y Funciones (MOF) de las entidades públicas. Se elabora en base al ROF, el Mapa de Procesos y la Matriz de Puestos, elaborados en los sub procesos anteriores, tiene como base legal la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 161-2013-SERVIR.
d. Cuadro de Puestos de la Entidad:
Pese a tener esta denominación, SERVIR está utilizando el mismo procedimiento para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) contenido en el Decreto Supremo 063-2004-PCM, derogado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR.
Se espera que posteriormente, SERVIR apruebe el respectivo lineamiento y se cumpla con fusionar en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) el CAP y el PAP.
Excelente resumen para las áreas de RR.HH. Mi preocupación es que al ser de carácter voluntario para los servidores ocurre que ahora existirá un régimen laboral más, aparte del D.L. 276, D.L. 728 y Régimen Especial CAS 1057.
ResponderEliminarGracias por tu pertinente comentario, Sergio. Comparto tu preocupación, es más, considero que se continúa con el error de mezclar la función pública (derecho administrativo) con lo laboral, lo cual obviamente genera los conflictos que todos conocemos. Gracias nuevamente, Sergio, saludos.
EliminarMuy bueno el resumen y la explicación. Pregunto, yo trabajo en un Gobierno Regional y me parece que por ahora no hay ningún interés en acogerse a SERVIR (quizás me equivoque):
ResponderEliminar1) Cuál es el plazo que hace obligatorio a todas las entidades públicas a acogerse a SERVIR?
2) Mi institución todavía no es parte de SERVIR, si tuviese que convocar a proceso para contratar plazas, estas se rigen por SERVIR?
Gracias.